14/05/2021

Santa Fe: El senador Baucero pide realizar modificaciones a la ley de pesca

 

El legislador por el departamento San Javier, José Baucero, presentó dos proyectos para modificar la ley de manejo sustentable de los recursos pesqueros. Cambios en la asistencia en los períodos de veda y en dos puntos de la reglamentación. Las medidas reglamentarias para la captura de los peces vigente.


El Senador José Baucero, representante del departamento costero de San Javier, a través de dos proyectos propone realizar tres modificación de la Ley 12.212 referida al manejo sustentable de los recursos pesqueros.

Uno de los puntos centrales de la modificación hace referencia a los períodos de veda pesquera, allí el legislador busca reformar la asistencia a los pescadores a través del “Fondo de Reconversión Pesquera y Asistencia a Pescadores”. En las justificaciones, Baucero explica que la intención es otorgar una ayuda económica igual al costo de la Canasta Básica Total según datos dados por el Instituto Provincial de Estadística y Censos ( IPEC) de Santa Fe, o el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (Indec).

La modificatoria aclara además que este fondo se aplicará "durante los periodos de veda o en aquellos en los cuales por distintas disposiciones de las autoridades competentes se encuentre suspendida, limitada o prohibida la actividad".

Actualmente aquellos pescadores que se encuentren en la clasificación de “Pescador Artesanal con fines comerciales”, deben renovar su licencia anualmente, el proyecto del sanjavierino propone cambiar esta situación y que el período de duración de la licencia sea de dos años. El senador fundamenta esta medida diciendo que es para “evitar acciones burocráticas que problematizan y acarrean costos tanto administrativos como fiscales que perjudican al trabajador del rio”.

La tercera modificación tiene que ver con una actualización de la ley original, “las condiciones de navegabilidad del río y la seguridad del pescador han evolucionado”, expresa el texto del proyecto de ley. En la norma original y vigente, se establece que la potencia máxima para lo motores de las embarcaciones pesquera no puede ser superior a los 15 hp. El cambio que se pretende introducir con la reforma del artículo 23 es permitir embarcaciones con motores de hasta 55 hp ya que esto "no implica un riesgo de mayor captura en la medida que se respete lo establecido en la Ley Nº 12.212", dijo Baucero.

Si bien la norma expresa en sus modificaciones beneficios para los pescadores, marca en sus fundamentaciones que lo normado debe adecuarse a los principios de la ley de manejo sustentable de recursos pesqueros, a fin de preservar la biodiversidad, la riqueza de especies y la protección y conservación de los recursos. Ambos proyectos deberán tratarse en las comisiones correspondientes previo a su tratamiento en el recinto para la aprobación o no. Se mantienen las medidas reglamentarias prohibiéndose la captura, circulación, venta y consumo, en todo tiempo, de aquellos ejemplares cuya talla mínima sean inferiores a las siguientes:



Autor: Roberto Almitrani
Fuente: Aire Digital








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