patagonia 23/10/2019

Patagonia: Lo que necesitas saber para esta Temporada

 

Como todos los años, el 1º de Noviembre comienza la Temporada de Pesca Deportiva 2019/2020 que se extenderá hasta el 31 mayo de 2020.


Sobre los permisos

Es importante aclarar que el permiso de pesca es personal e intransferible. El pescador está obligado a portar el permiso de pesca y exhibirlo cada vez que le sea requerido por la autoridad de contralor. El formulario del permiso de pesca está incluido en la página 75 del reglamento, y deberá poseer el estampillado correspondiente y una foto del pescador (en caso de no colocarle foto, se deberá acreditar identidad exhibiendo un documento).

Para comprarlos pueden acercarse a Félix San Martín 182 de Neuquén Capital, en
las oficinas de Mesa de Pesca del Alto Valle ubicadas en Cipolletti o en cualquier ente autorizado para la venta del mismo. Ante la duda consulte en la oficina de informes turísticos del lugar que desea visitar para practicar la actividad.

Precios

Los permisos para los residentes en el país tiene un costo diario de $190, el uso semanal saldrá $380, y $760 por toda la temporada. Para los menores de edad el costo es de $190. Para las personas que no residen en el país, el precio diario es de $1.140, $3.040 para el uso semanal, y $4.560 por temporada.

Los jubilados, las personas mayores de 65 años y las personas con capacidades disminuidas podrán retirar su credencial sin costo alguno.

Dependiendo de las modalidades de pesca los precios de los permisos son los siguientes: modalidad de arrastre o trolling diario $380, semanal $ 760, y la temporada completa $1520.

Para la compra los pescadores pueden llevar una foto carnet para realizar el carnet, aunque no es un requerimiento obligatorio. Las personas que no le agreguen foto, deberán llevar en cada salida el Documento Nacional de Identidad.

Para retirar el permiso se deberá llevar impresa la normativa que se encuentra disponible en el siguiente link: http://reglamentodepesca.org.ar/Reglamento-2019-20.pdf.

El reglamento se entregará junto con el permiso.

Restricciones
  • Es importante saber que las siguientes actividades están prohibidas en la Patagonia:
  • Pescar desde embarcaciones en los lagos o lagunas dentro de un círculo imaginario de 200 metros de radio con centro en la naciente o la desembocadura de un río o arroyo (consultar excepciones en los Anexos de la Parte Segunda).
  • Pescar con embarcaciones a la deriva arrastrando anclas o muertos sobre el fondo (garreo).
  • La caza subacuática.
  • Usar explosivos, sustancias tóxicas o cualquier elemento que pueda producir perjuicios a la vida acuática.
  • Pescar con redes, trampas, espineles, arpones, fijas, garfios o armas de cualquier tipo y la utilización de cebado.
  • Obstaculizar el paso de los peces mediante bastidores, mamparas, diques, tajamares, etc.
  • Comercializar el producto de la pesca deportiva en cualquier forma.
  • No rotar las bocas; detenerse en un ambiente de pesca cuando avanza otro pescador.
  • Causar contaminación o deterioro de los ambientes y su entorno (Ej. lavar vehículos en las costas, arrojar residuos, cortar plantas acuáticas para ingresar a sitios de pesca).
  • Abandonar en los ambientes de pesca: tanzas, señuelos,  envoltorios y restos de pescado, fuera de los lugares habilitados.
  • Encender fuego fuera de sitios autorizados.
  • Pescar en los ríos y arroyos aguas arriba y abajo de todas las obras que impiden el libre paso de los peces, dentro de la distancia determinada por la autoridad competente.
  • Extraer peces en lugares artificiales de encierro, tales como canales, pulmones, vertederos y bocatomas.
  • Mantener en cautiverio peces capturados en el medio silvestre.
  • Transportar organismos acuáticos vivos de cualquier especie y estadio de desarrollo sin autorización de la autoridad competente.
  • En ambientes en los que no está permitida la pesca, se prohíbe la portación de equipos de pesca armados y en condiciones de ser utilizados. En ambientes de uso exclusivo para una modalidad, se prohíbe la portación de equipos de pesca armados y en condiciones de ser utilizados que no se correspondan con la modalidad permitida.
  • Se encuentra prohibido ingresar con motores de dos tiempos carburados en los ambientes donde esté restringido su uso para la navegación, aún cuando no se utilicen y sean auxiliares.
  • La utilización de elementos de anclaje para las embarcaciones que contengan plomo, líneas con plomo y plomadas para la práctica de la pesca.
  • La utilización sin sujeción segura de acumuladores o baterías para motores de embarcaciones.

Devolución obligatoria
En los ríos y arroyos, incluyendo sus nacientes y/o desembocaduras en lagunas y/o lagos y hasta 200 metros en ambas costas de estos, deben liberarse todos los peces que se pesquen (consultar excepciones en los Anexos de la Parte Segunda). En los ambientes de devolución obligatoria, debe utilizarse un solo anzuelo simple sin rebaba o con la rebaba aplastada y los peces deben devolverse vivos, siguiendo el procedimiento especificado en el reglamento.

Fuente: viajoconvos.com.ar








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