Reglamento de Pesca Deportiva de San Luis

La Provincia de San Luis, habilita la actividad de PESCA DEPORTIVA, temporada 2011, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre, sujeta a las prescripciones de la presente resolución.

Salida de pesca: el total de los días que el pescador permanece en el ambiente.

Cupo diario por pescador: cantidad de piezas que el pescador puede sacrificar en una jornada de un día pesca.

Talla del pez: es la longitud total medida en línea recta desde la punta del hocico al pelo más largo de la cola.

RECONOCER como especies de valor deportivo susceptibles de pesca a las especies: Pejerrey (Odontesthes bonariensis), Carpas (Cyprinus Carpio sp y Ctenopharingodon idella), Trucha arco iris (Oncorynchus mykiss), Dientudos, Mojarras y Chanchitas y establecer pautas de captura.

Se permitirá una caña por pescador, con aparejos armados con un máximo de dos (2) anzuelos. En caso de utilizar señuelos artificiales no podrá tener más de un anzuelo y deberá ser sin rebaba.

El período de veda del pejerrey será determinado por la Autoridad de Aplicación en la primera semana de Septiembre en función a estudios realizados sobre el estado de maduración de los peces.

En los siguientes ambientes se podrá pescar únicamente desde la costa y con los cupos diarios máximos que se señalan a continuación:

Dique Antonio Esteban Agüero: hasta 25 (veinticinco) piezas.
Dique Villa Gral. Roca: hasta 25 (veinticinco) piezas.
Dique Chico: hasta 15 (quince) piezas.
Dique La Toma: hasta 20 (veinte) piezas.
Dique Vulpiani: hasta 20 (veinte) piezas.


Se podrá pescar de costa y/o embarcado:

Dique Paso de las Carretas: hasta cuarenta (40) piezas.
Embalse La Huertita: hasta cuarenta (40) piezas.
Embalse La Florida: hasta cuarenta (40) piezas.
Embalse San Felipe: hasta cuarenta (40) piezas.
Dique Cruz de Piedra: hasta veinticinco (25) piezas.
Dique Lujan: hasta veinticinco (25) piezas.
Dique Potrero de los Funes: hasta veinticinco (25) piezas.

En lagunas, la cantidad de piezas a extraer será de 25 (veinticinco) tanto en la modalidad de costa como de embarcado.


Reglamento Pesca Deportiva 2011

Fuente: Ministerio de Medio Ambiente San Luis



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